La finalidad de las presentes normas de organización y funcionamiento es dotar a la Comunidad Educativa del C.E.I.P. Santa María de Gracia de un instrumento que, en el marco de la legalidad vigente, facilite la organización y el funcionamiento cotidiano del Centro a través de:
- La participación efectiva y democrática de todos los miembros de la Comunidad Escolar en la adopción de decisiones.
- El establecimiento de unas relaciones de convivencia cordiales, basadas en el respeto, el diálogo y la colaboración.
- La resolución de los conflictos que puedan suscitarse en el ámbito escolar.
En este documento pretendemos recoger las reglas, preceptos, normas y procedimientos que el propio Centro crea, para explicitar y adaptar la normativa vigente a las características propias de nuestro Centro y así hacer posible que mejore su organización y funcionamiento.
En él no incluimos el texto de la normativa vigente, pues ello sólo provocaría confusión. Así que haremos mención de ella cuando corresponda y solamente en algún caso reproduciremos el texto literal, cuando la importancia del mismo haga aconsejable su inclusión.
Las normas que componen este Reglamento encuentran su fundamento en el marco legislativo constitucional. Además de este marco legal general, es preciso hacer referencia a:
- Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación. LOE.
- Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la educación. LOMCE.
- Decreto 16/2016, de 9 de marzo por el que se establecen las normas de convivencia en los Centros Docentes contenidos con fondos públicos.
- Real Decreto 82/1996, de 26 de enero; Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
- Decreto 254/2008 por el que se establece el currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil.
- Orden de 22 de septiembre que regula la implantación, el desarrollo y la evaluación en el 2º ciclo de Educación Infantil.
- Decreto 198/2014 por el que se establece el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Murcia.
- Orden de 28 de noviembre de 2014 por la que se regula la organización y la evaluación en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Murcia.
- Ley 1/2013 de 15 de febrero de Autoridad Docente de la Región de Murcia. Ley de 5/2014 de modificación del artículo 5 de la Ley 1/2013.
- Ley 7/2007 del Estatuto Básico del empleado público y otras disposiciones que afecten al profesorado.
- Otras instrucciones reguladoras del funcionamiento y comienzo del curso escolar publicadas por la Administración Educativa.
Para el mejor desarrollo de las actividades docentes, se tendrán en cuenta las siguientes normas de carácter general, sin prejuicio de aquellas otras que con carácter específico puedan establecerse.
- Personal: Afecta a todos los miembros de la Comunidad Educativa (padres, profesorado, alumnado y personal no docente). Además de a cuantas personas puedan colaborar o participar en actividades del Centro.
- Material: Se aplicará en el espacio físico del Centro Escolar y en todos aquellos que se utilicen con motivo de la realización de actividades fuera del Centro. Abarcará toda la jornada escolar y aquellos tiempos en los que se desarrollan actividades extraescolares o complementarias.
Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando, conforme a las normas de convivencia y conducta establecidas por el centro.
Derechos de los alumno
- Derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
- Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad.
- Derecho a que se respete su libertad de conciencia, así como sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución.
- Derecho a que se respete su integridad y dignidad personales.
- Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.
- Derecho a recibir orientación escolar y profesional.
- Derecho a recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.
- Derecho a protección social en los casos de infortunio familiar o accidente.
Cuando no se respeten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de los mismos y, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de reacción que frente a su vulneración arbitra el decreto de Convivencia, el director adoptará las medidas qué procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, a otros órganos del centro, dando posterior comunicación al Consejo Escolar.
Deberes de los alumnos
Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3de julio, son deberes básicos de los alumnos:
- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.
- Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.
- Seguir las directrices del profesorado.
- Asistir a clase con puntualidad.
- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.
- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
- Respetar las normas de organización, de conducta y convivencia del centro educativo.
- Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
- Todos los alumnos están obligados a respetar al profesor en el ejercicio de sus funciones, a respetar su autoridad, a cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesor para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora del rendimiento.
Funciones del profesorado en relación con la organización y funcionamiento del centro.
- Las entradas y salidas de clase, se harán con puntualidad, acompañando al grupo de alumnos que corresponda dar clase, velando para que se haga con orden.
- Los cambios de clase se harán con puntualidad, para evitar que los alumnos estén solos.
- Las citaciones a los padres se realizarán en los impresos y la agenda establecidos al efecto.
- El registro de las faltas de asistencia del alumnado se realizará en el aplicativo de faltas y notas que a tal efecto establece la Consejería. Se hará con la mayor prontitud posible y se guardarán, durante todo el curso, los justificantes de las familias.
- Igualmente se registrarán las tutorías de padres y se levantará acta de las entrevistas con los acuerdos tomados.
- Deberán adoptarse las medidas oportunas para que el alumnado no transporte, diariamente, excesivo peso en las carteras.
- Cuando durante el periodo lectivo un alumno se encuentra indispuesto, se avisa al Equipo Directivo o la administrativa para que se localice a la familia y se recoja al alumno enfermo.
- Los docentes no administrarán medicamentos bajo ningún concepto. En casos muy excepcionales donde es necesario administrarlo, la familia informará a Jefatura y serán acompañados por la misma al aula para que sean ellos quienes lo administren.
- Cuando en un aula se detecta una enfermedad contagiosa o pediculosis se avisa inmediatamente a la familia para que el alumno /a sea recogido lo más rápido posible. La familia garantizará que se han tomado las medidas oportunas para subsanar esta situación antes de la reincorporación del alumno/a al centro. Al resto de familias del grupo se les informará mediante un circular para que tomen las medidas que consideren oportunas.
- El profesorado que no tenga que hacerse cargo de un grupo de alumnos al inicio de la jornada escolar y tras el recreo, ayudará en las entradas, según el plan establecido por la Jefatura de Estudios.
- Las entradas y salidas (incluidos los recreos) se harán en fila, con orden, silencio y siempre acompañados por el profesor correspondiente.
- Los cambios de aula (Música, E. Física, Biblioteca, aula Plumier,…) se harán siempre acompañados del profesor responsable.
Del alumnado
- La asistencia a clase es obligatoria.
- La puntualidad es un deber del alumno y una responsabilidad de la familia.
- El alumnado que llegue tarde, accederá al aula con la autorización de la Jefatura de Estudios. Los padres o personas autorizadas que lleven al alumno al centro, pasarán por Jefatura de Estudios, donde rellenarán el justificante del retraso.
- El alumnado debe acudir a clase con el material que sea necesario para el buen aprovechamiento de las mismas. En caso contrario, mediante agenda, la familia queda informada de la falta de material.
- Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno, las que no sean excusadas de forma escrita por sus padres o representantes legales y podrán ser corregidas en las condiciones que se establezcan en las normas de convivencia y conducta del centro y conforme a lo establecido en el artículo 29 del Decreto de convivencia.
De las familias.
- Las faltas de asistencia, deberán justificarse según los modelos establecidos por el centro y entregados inmediatamente cuando el alumno se incorpore al aula.
- En el caso de que se produzca un retraso, es obligatorio pasar por Jefatura de Estudios. Tras rellenar el justificante del retraso:
- Los padres o personas autorizadas acompañarán a los alumnos de Educación Infantil de tres años a su aula.
- Los alumnos de Educación Infantil de 4 y 5 años y 1º de Primaria serán acompañados a su aula respectiva por Jefatura de Estudios o profesorado del centro.
- Los alumnos de 2º a 6º de Primaria subirán solos a su aula.
- En el caso de que el alumno asista solo al centro, el documento justificante de retraso, firmado por el Jefe de Estudios no tendrá validez como justificante de la falta. Deberá ser cumplimentado y firmado por los padres o tutores legales.
- Una vez que el alumnado esté en las filas, el profesorado se hará cargo de él. Los padres, principalmente en Educación Infantil, deberán mantenerse alejados de las filas para permitir al profesorado ver a sus alumnos.
- Cuando los padres deban hacer una comunicación a los tutores se realizará a través de la agenda escolar o mediante una nota escrita. Deben evitar las comunicaciones en la fila ya que interrumpen y entorpecen el paso de los alumnos.
- Los familiares no entrarán a las clases durante el periodo lectivo, salvo autorización del profesorado o del Equipo Directivo.
- Para que los alumnos/as puedan salir del Centro al finalizarla jornada escolar, si no son los padres o tutores los encargados de la recogida, será necesaria su autorización. Serán recogidos por un adulto acreditado fehacientemente, mediante escrito de los padres en el que conste el DNI de la persona o personas que recogerán al alumno.
- Las salidas de alumnos antes de finalizar la jornada escolar, requerirán la presencia de un adulto que se haga responsable. El procedimiento de actuación es el siguiente:
- La persona encargada de recoger al alumno/a pasará por Jefatura de Estudios, rellenando un registro de salida.
- Jefatura de Estudios recogerá al alumno del aula, con excepción del alumnado de Educación Infantil de 3 años que será recogido directamente en el aula por el adulto que venga a recogerlo.
- Para la realización de actividades extraescolares es imprescindible la autorización por escrito de los padres o tutores legales. Cuando un alumno/a no disponga de autorización permanecerá en el centro debidamente atendido.
Alumnado con padres separados
Normas a tener en cuenta:
- Los padres que estén separados y tengan una resolución judicial harán llegar al Centro una copia de la misma, a fin de conocer quién tiene la custodia legal del alumno y los pormenores de la misma.
- El profesor tutor deberá conocer los casos de padres separados, así como a las personas en que recae la custodia legal de sus alumnos.
- A los padres que tengan dicha custodia se les entregará las calificaciones obtenidas en los procesos de evaluación. Si el otro cónyuge desea información sobre las mismas, deberá solicitarlo por escrito en la secretaría del centro.
- Sólo los padres que tienen la custodia de los hijos pueden llevárselos del Centro en horario lectivo o las personas que expresamente éstos autoricen mediante la correspondiente autorización escrita que estará incluida en su expediente.
- El profesor arbitrará las acciones necesarias a fin de que los padres tengan conocimiento de las actuaciones a seguir en caso de separación. Si no fuera así remitirá a dichos padres a la dirección del Colegio.
- El padre o la madre separado o divorciado que no ostente la guarda y custodia legal de sus hijos tiene derecho a ser informado de la situación escolar de los mismos siempre que no exista una limitación por resolución judicial.
La normativa que regula la organización y funcionamiento de los comedores escolares se rige por Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 17 de julio de 2006 por la que se regula el servicio de comedor escolar de los Colegios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(Véase actualización en la web sección de servicios- comedor)
- El centro promoverá las actividades extraescolares. Una vez realizada, los equipos de nivel deberán realizar una memoria de la misma y al finalizar el curso entregar la Memoria de Actividades Extraescolares en Secretaria.
- En el caso de que se organicen viajes o actividades no previstas en la programación, los organizadores deberán presentarla al Director para su aprobación. En la primera reunión del Consejo Escolar se informará de todas aquellas actividades no previstas en la PGA.
- La contratación del servicio de autobuses, si es necesario, así como la gestión de la actividad, será realizada por los/as coordinadores de nivel.
- El centro colaborará en la organización, programación y ejecución de estas actividades.
- En la medida de lo posible, si las circunstancias relativas a la organización del centro lo permiten, se asignará un profesor de apoyo por cada dos grupos de alumnos para la realización de la actividad extraescolar.
Viaje de estudios
El centro promoverá un viaje fin de estudios para los alumnos que finalizan esta etapa educativa.
- Los tutores de 6º serán los acompañantes de los alumnos en dicho viaje.
- Si por alguna circunstancia personal, alguno de los tutores no pudiera acompañar al grupo, se ofrecerá en primer lugar la posibilidad a los especialistas que imparten docencia en ese nivel.
- El coordinador del viaje de estudios será uno de los tutores de 6º de Primaria. Sus funciones son:
- Establecer los contactos necesarios para la programación y ejecución del viaje.
- Colaborar con el AMPA del centro.
- Realizar reuniones informativas con las familias.
- Si las circunstancias relativas a la organización del centro lo permiten, se asignarán dos profesores de apoyo para la realización del viaje de estudios.
- Los alumnos que no asistan a esta actividad, serán atendidos por el centro. Se asignarán a un grupo y durante estos días realizarán actividades de repaso y refuerzo de las distintas áreas.
- Cada una de las 12 zonas de recreo será vigilada por el profesorado para atender al alumnado según determina la normativa vigente en relación a la ratio de alumnos del centro.
- El profesorado de E. Física dotará al alumnado de todo el material que se precisa para garantizar las distintas actividades lúdico deportivas que los alumnos pueden demandar (pelotas, balones, elásticos, combas etc.)
- Los profesores de guardia de recreo serán responsables de atender y dar solución a las demandas de los alumnos durante este periodo, así como de resolver conflictos entre alumnos que durante el mismo se produzcan. Posteriormente le comunicará el incidente a la tutora o tutor que corresponda y a la Jefatura de Estudios, si fuera preciso.
- En caso de accidente durante el recreo, el profesor de esa zona abandonará su puesto para curar al alumno herido previo aviso al compañero de zona más cercano, regresando lo antes posible a su zona.
- Cuando el accidente sea de mayor gravedad, el Equipo Directivo dispondrá las medidas necesarias a adoptar según lo requieran las circunstancias.
- En los días de lluvia se permanecerá en las aulas. Los tutores deberán permanecer con el alumnado, siendo ayudados por los especialistas, según los criterios establecidos en los ciclos /tramos.
- Cuando se produzcan lluvias intermitentes o el riesgo de lluvia sea alto, será decisión y responsabilidad de cada tutor bajar al patio de recreo. El equipo directivo no tocará el timbre que indica el inicio de este periodo y cada tutor, bien en el aula o en el patio, permanecerá a cargo de su grupo sin abandonarlo.
- Se realizará un plan complementario de vigilancia en el recreo cuando se produzcan algunas ausencias del profesorado y cuando por razones justificadas algún alumno no pueda bajar al patio.
Normas de utilización de la biblioteca.
La biblioteca debe ser un recurso educativo principal, en relación con la formación de los alumnos. Ha de servir para democratizar el uso de los recursos y de la información, y ayudar a la igualdad de oportunidades del alumnado. Es el espacio habilitado para que los alumnos disfruten de su periodo de recreo y se aplicarán las normas de funcionamiento general establecidas para el resto de dependencias del centro.
Todos los tutores, desde Educación Infantil de 5 años hasta 6º de Primaria, tienen asignados en sus horarios una sesión en la biblioteca para el fomento de la lectura, para realizar actividades de animación lectora, realización de trabajos de investigación consultando el material existente y para conocer de qué libros dispone la biblioteca, qué colecciones son adecuadas a cada edad y cuáles son las últimas adquisiciones.
La biblioteca se abre durante el periodo de recreo para que los alumnos puedan sacar libros mediante préstamos y realizar trabajos, salvo que exista algún evento que lo impida.
En el caso de que se produzca la pérdida de un libro, este será repuesto por el alumno que ha solicitado el préstamo del libro.
Durante las horas que permanezca abierta estará a su cargo un profesor/a.
El acceso a los fondos bibliográficos siempre se hará a través del profesor/a encargado/a.
Las funciones del profesor/es encargados de la organización y funcionamiento de la Biblioteca son:
- Coordinar, a propuesta de los tramos por escrito, la adquisición de nuevos libros.
- Inventariar y catalogar los libros existentes.
- Controlar el régimen de préstamos de libros.
- Responsabilizarse de los fondos bibliográficos del centro.
- Realizar la memoria de la Biblioteca en relación a su uso, préstamo de libros y a las actividades relacionadas con el Plan de Fomento de la lectura.
Normas de utilización de las aulas.
- Serán abiertas por el profesor/a y se procederá a su cierre una vez hayan abandonado el aula todos los alumnos.
- La distribución inicial del aula (colocación de los alumnos, mesas, sillas, encerado limpio, tizas, borradores, etc.) se establecerá de acuerdo con el tutor del grupo.
- La clase comienza y termina con el toque del timbre.
- La clase no se debe dejar nunca sin la presencia del profesor, en caso de necesidad urgente se avisará al profesor del aula contigua.
- En caso de observar algún desperfecto en el aula se debe comunicar en Jefatura de estudios.
- Al finalizar la jornada escolar los alumnos (con excepción de Educación Infantil y 1º de Primaria) deben colocar las sillas encima de las mesas.
Funcionamiento correcto en los pasillos
- Los alumnos deben permanecer en ellos el menor tiempo posible. (traslados de clases, salidas al recreo y finalización de la jornada.)
- En los periodos de recreo no se puede permanecer en los pasillos.
- Queda totalmente prohibido consumir cualquier tipo de alimentos y bebidas.
Utilización de aseos.
- Se deben respetar las condiciones de higiene de los aseos.
- Los alumnos deben llevar cuidado en no malgastar el agua por mal uso de lavabos y cisternas.
- Por norma general no deben permanecer en los aseos más de un alumno del mismo grupo. El tutor/a o profesor/a que esté impartiendo clase, debe establecer turnos de salida de uno en uno.
- A partir de 2º de Primaria, en la medida de lo posible y siempre teniendo en cuenta situaciones excepcionales, los alumnos deberán hacer uso de los aseos en los periodos de recreo.
Normas de utilización del aula de ordenadores.
- El alumno ocupará el ordenador que le sea asignado por el profesor, manteniendo siempre que la disponibilidad de los equipos lo permita, los mismos puestos asignados durante todo el curso.
- El alumno no podrá cambiar de puesto sin la autorización del profesor/a.
- Los ordenadores no podrán cambiarse de lugar.
- El aula, al término de la clase, debe quedar ordenada y limpia. El profesor supervisará la clase antes de salir.
- El profesor es responsable de que el material se trate de forma adecuada.
- Los alumnos que causen desperfectos en el material, si la causa no es consecuencia del normal funcionamiento del aula estarán obligados a repararlos.
- Para el funcionamiento del aula de ordenadores se requerirá siempre la presencia del profesor/a.
- Cuando sea necesario el uso de auriculares o dispositivos de almacenamiento de datos cada alumno aportará el suyo, debiendo estar debidamente identificados.
Normas de utilización de las pistas deportivas y patios del centro.
- Estos espacios solo podrán ser utilizados en periodos lectivos y de recreo bajo vigilancia del profesorado.
- Los alumnos velarán por mantener limpias las pistas, utilizando las papeleras y contenedores distribuidos en el patio.
- No está permitido el uso de balones y pelotas que no sean las aportadas por el profesorado de Educación Física.
Procedimiento para la evaluación y seguimiento de este documento.
Las normas de organización y funcionamiento del centro y sus posibles modificaciones, serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por el Equipo Directivo, informadas por el Claustro de profesores y por el Consejo Escolar.
Medidas de difusión.
Lo dispuesto en este Reglamento, una vez aprobado por el Director del centro, será de obligado cumplimiento para todos los sectores de la comunidad educativa. La matriculación de un alumno/a en este centro supone el respeto y acatamiento de estas Normas de Organización y Funcionamiento.
El Equipo Directivo velará para que se cumplan las normas que en él se determinan. Tendrá vigencia hasta que no se dicten normas que modifiquen la legislación vigente, que se ha tenido en cuenta para su redacción, o bien sea modificado tras la revisión y evaluación del mismo.
Un extracto del contenido de estas normas se publicará en la página Web del colegio y un ejemplar completo de dichas normas estará a disposición de la Comunidad Educativa.