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    SOLICITUD COMEDOR CURSO 2026-2027

     

    Estimadas familias:

    Nos ponemos en contacto con ustedes para informarle acerca de la solicitud de comedor para el curso 2026-2027.

    El plazo para solicitar este servicio se extenderá desde el día 11 de junio al 06 de julio de 2026.

    Deben realizar la solicitud todas aquellas familias que deseen ser usuarios de este servicio en el próximo curso. El haber sido alumno/a de comedor en el presente curso escolar no supone continuidad para el curso 2026-2027. Todos los alumnos becados en el curso 2025-2026 que quieran hacer uso del servicio el curso 2026-2027 están obligados a realizar la solicitud.

    Les recordamos que es muy importante leer atentamente las instrucciones y aportar toda la documentación requerida. En caso de que falte documentación o no sea correcta se establecerá un plazo de diez días naturales para su subsanación. Pasado este periodo se considerará que declina la solicitud de comedor.

    Todas las instrucciones se encuentran también en el formulario de solicitud aunque aquellos que lo deseen pueden realizar esta presencialmente en la secretaria del centro.

    FORMULARIO DE SOLICITUD COMEDOR ESCOLAR 2026-2027

    Para aquellos que realicen la solicitud de forma presencial deben aportar documentos originales y copia. Les recordamos que el horario de atención al público de la secretaría del centro en el mes de junio y julio es 9:00 a 12:00 h

     

    INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DEL SERVICIO DE COMEDOR 2025-2026

    INFORMACIÓN IMPORTANTE

    La cumplimentación del formulario o solicitud presencial NO GARANTIZA la reserva de plaza. En el caso que existan más solicitudes que plazas disponibles, la selección y admisión de usuarios del servicio de comedor corresponderá a la Comisión de Comedor Escolar del Consejo Escolar, basándose en los criterios establecidos en las Normas de Organización y funcionamiento del Comedor del centro (estas normas están sujetas a las modificaciones para el inicio de curso 2025-2026 que pudiera dictar la Consejería de Educación y Formación Profesional que se suelen publicar a finales del mes de julio).

    Para mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar en el curso 2026-2027 se realizarán tres turnos de comedor con el siguiente horario aproximadamente:

     Primer turno: 14:00 h.

     Segundo turno: 14: 45 h

     Tercer turno: 15:15 h.

    El turno asignado a cada alumno/a se establecerá en función del número de comensales de cada nivel. No se podrá efectuar ningún cambio de turno salvo en casos excepcionales, debidamente justificados. Estos serán valorados por la Comisión de Comedor del Consejo Escolar.

    Respecto a la situación de los alumnos/as becados/as informar que en el caso de que la beca sea denegada cesarán inmediatamente del servicio pasando a lista de espera.

     DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

    PADRES/MADRES/TUTORES LEGALES SEPARADOS, DIVORCIADOS O CUYA CONVIVENCIA HAYA CESADO

    Según “Resolución de 06 de febrero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones sobre pautas de actuación en relación a padres, madres o tutores legales separados, divorciados o cuya convivencia haya cesado, respecto de la educación de sus hijos e hijas o tutelados menores de edad.

    Sexto. Decisiones extraordinarias que deben autorizar ambos progenitores

    1. Algunas decisiones que necesitan la autorización de ambos progenitores o tutores legales y, por tanto, de su acuerdo si comparten la patria potestad son: “La inscripción o la baja en el servicio de comedor y transporte escolar”.

     PARA LA CONSIDERACIÓN DE PERCEPTOR DE BECAS O AYUDAS ASISTENCIALES:

    Resguardo de la solicitud de beca. En caso de que la beca no se le sea concedida en su momento deberá aportar toda la documentación obligatoria, se dará de baja del servicio de forma inmediata y entrará en lista de espera.

     DECLARACIÓN DE LA RENTA:

    1. UNIDAD FAMILIAR: PADRE-MADRE-HIJOS. Declaración de la renta 2025 de ambos progenitores. Para las rentas que no tributan en el IRPF se presentará certificación expedida por la AEAT.
    2. FAMILIA MONOPARENTAL: Declaración de la renta 2025 del progenitor o tutor/a legal. Para las rentas que no tributan en el IRPF se presentará certificación expedida por la AEAT.
    3. UNIDAD FAMILIAR SI NO EXISTE MATRIMONIO O EN LOS CASOS DE SEPARACIÓN LEGAL: Declaración de la renta 2025 del solicitante del comedor. Si la solicitud la realizan los dos progenitores o tutores legales la declaración de la renta 2025 de ambos. Para las rentas que no tributan en el IRPF se presentará certificación expedida por la AEAT

    JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR:

    Certificado laboral de ambos progenitores con expresión del horario laboral.

    1. A) En el caso de trabajadores autónomos declaración jurada.
    2. B) En el caso de padres separados o divorciados, si solo uno de ellos solicita el servicio solamente se adjuntará la certificación laboral del solicitante.
    3. C) En el caso de situación de PARO, tarjeta de desempleo. (Si no se presenta esta se considerará que está inactivo laboralmente.)

    SOLO EN CASO DE ENFERMEDAD, INTOLERANCIA O ALERGIA:

    En caso de enfermedad, intolerancia o alergia alimentaria informe médico actualizado.

    Para cualquier duda pueden dirigirse a la secretaría del centro.