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  • Ayudas de Comedor Plazo Extraordinario.

    Ayudas de Comedor Plazo Extraordinario.

    Les comunicamos que se ha iniciado el PLAZO EXTRAORDINARIO de la ayudas de comedor curso 2024/25.

    PLAZO: 15 de junio al 5 de julio de 2024.

    Hay que presentarlas en el Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo así como en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    DESTINATARIOS: para aquellos alumnos que no se encuentren matriculados en el centro antes de la apertura del plazo anterior (alumnado de Educación Infantil de 2, 3 años generalmente ,o de otros niveles, que se hayan incorporado al centro una vez finalizado dicho plazo, que provengan de un centro sin comedor escolar), así como para los posibles repetidores del último curso que se realice en el centro (generalmente 6 º de Educación Primaria) que conozcan su permanencia en el Colegio durante un curso más con posterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria

    Es imprescindible poner bien el NRE del alumno solicitante o no podrán validar el formulario, también que presten especial atención a que la declaración responsable esté firmada por todos los mayores de 18 años que forman parte de la unidad familiar, así como que adjunten toda la documentación necesaria para la tramitación de estas ayudas, libro de familia con todas las hojas que figuran escritas o partidas de nacimiento, sentencias de separación con su convenio regulador, o cualquier documentación que se deba ser tenida en cuenta.

    Es obligatorio que adjunten en la solicitud DNI/NIE en vigor de todos los mayores de 18 años.

    El procedimiento para la presentación de la solicitud de ayuda de comedor escolar, a través de www.sede.carm.es, es el 0935, siendo el mismo que el curso anterior.(Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. – Ayudas asistenciales de comedor escolar para el curso escolar 2024-2025. Plazo Extraordinario. (carm.es))

     Dos formas de PRESENTACIÓN:

    a) En el primer caso; formulario con firma y/o certificado electrónico y/o CL@ve,

    b) En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, puede optar también por el formulario sin acreditación, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero PDF y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables mayores de 18 años de la familia acompañada de la documentación preceptiva, en el Registro General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo (Avda. de la Fama, 15. 30006 Murcia), así como en cualquiera de los establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.